QUIEN DIJO MIEDO AL REFERENDO CONTRA EL COMANDANTE WACS.

JORGE LUIS ESCALONA LEON 

De acuerdo a mi criterio como  abogado formado en revolución, quiero fijar mi posición publica para dar repuesta a una serie de interrogantes que se han venido presentando con algunos personajes de la ultra derecha portugueseña, asumiendo y dando continuidad al guion que le mandan a cumplir el imperio norteamericano, en desestabilizar las políticas del estado que se están desarrollando como es, el cumplimiento del Plan de la Patria conducidas por nuestro Presidente Constitucional NICOLAS MADURO, a nivel Nacional y del Comandante Gobernador WILMAR ALFREDO CASTRO SOTELDO, Líder indiscutible dela revolución y fundamental Propulsor de la Portuguesa Socialista en nuestra identidad. En este sentido quiero dar repuesta a una serie de ataques y rumores en cuanto a la realización de un referendo contra el comandante WACS, es propicia la oportunidad para informar al colectivo portugueseño que el referendo esta establecido en nuestro ordenamiento jurídico venezolano, señalado por la Constitución de la República Bolivariana el cual tipifica en su Articulo 72. Todos los cargos y magistraturas de elección popular son revocables.
Trascurrida la mitad del periodo para la cual fue elegido el funcionario o funcionaria, un número no menor del veinte por ciento de los  electores o electoras inscritos en la correspondiente circunscripción podrá solicitar la convocatoria de un referendo para revocar su mandato. Cuando igual o mayor numero de electores y electoras que eligieron al funcionario o funcionaria hubieren votado a favor de  la revocatoria, siempre que hayan concurrido al referendo un número de electores o electoras igual o superior al veinticinco por ciento de los electores y electoras inscripto, se considerara revocado su mandato y se procederá de inmediato a cubrir la falta absoluta conformé a lo dispuesto en esta Constitución y en ley.   Una vez analizado este Artículo Constitucional queda plenamente claro que primero hay que realizar la consulta si se aprueba si o no el referendo y además debe cumplir con una serie de requisitos establecido por la ley: OSEA, por el órgano rector  que regula la materia como lo es el Consejo Nacional Electoral (C.N.E.), es aquí donde estos eruditos, voceros de la ultra derecha pretenden seguir desconociendo la realidad jurídica de nuestro estado  entrando en un show de amnesia reuma tea, me permito recordarle laos históricos resultados electorales que se dieron el 16 de Diciembre del 2012 donde un universo de 582.473 portugueseño  inscripto para la fecha en el Consejo nacional Electoral   votamos aproximadamente  243.257, electores obteniendo el siguiente resultado.  WILMAR ALFREDO CASTRO SOTELDO 131.367, con el 53%. Convirtiéndose en gobernador Constitucional seguido de   OSWALDO SERPA 60.809 con el 24.88% y IVAN COLMENAREZ 51.081 con el 20.90%.  Acaso fue que se les olvidaron estos resultados, queremos dejarle bien claro que si ustedes llegasen a pretender a ser cualquier acción nosotros no novamos a quedar de brazos cruzados están bien equivocados ratifico que si fue que se les olvido la historia le recomiendo que de noche también hay escuelas, donde funcionan las aldeas bolivarianas para que puedan ir a estudiar en nuestras misiones, ROBINSON, RIVAS Y SUCRE, el cual nos sentimos Orgulloso de quien nos dejo estas herramientas para que nos formaramos como lo fue nuestro eterno comandante HUGO RAFAEL CHAVEZ FRIAS, quien nos brindo la oportunidad de prepararnos y así defender en cualquier terreno el gran proyecto nacional de la patria y la portuguesa socialista.                        



                                                  JORGE LUIS ESCALONA LEON 
                                                          C.I.10.728.707
                                                        Abg. Especialista.

Comentarios